declara:
a) CON LUGAR la demanda de RECLAMACIÓN ALIMENTARIA, intentada por la ciudadana JANETT DEL VALLE SALAZAR QUINTERO, en contra del ciudadano FERMIN JOSÉ RUIZ PÁEZ, en beneficio del ciudadano ALEXIS DANIEL RUIZ SALAZAR. Ahora bien para establecer el monto de la pensión alimentaria esta Juez Unipersonal No. 4, tomando en consideración la capacidad económica de las partes, fija como pensión alimentaria mensual la cantidad equivalente a la TRES DECIMA (3/10) de UN (1) salario mínimo, es decir, la cantidad a cancelar por el ciudadano FERMÍN JOSÉ RUIZ PÁEZ, es de CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTICINCO BOLÍVARES (Bs. 139.725,00), mensuales, en base a la fijación que del mismo haga el Gobierno Nacional y que actualmente asciende a la cantidad de CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs.465.750,00) mensuales. Para el momento en que se incremente el salario mínimo para los trabajadores del País, en esa misma proporción será aumentada automática.....