Se dio por recibida diligencia constante de Acta Transaccional celebrada entre las partes intervinientes en la presente causa, para resolver el Tribunal observa: Revisada como ha sido la transacción presentada, por los Ciudadanos: RUBEN SARCOS PERCHE , venezolano; mayor de edad; titular de la cedula de identidad No- 17.096.694, asistido por la Abogada ORLENY BAEZ, mayor de edad e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No- 114.923, por una parte y por la otra, MONICA TORRES, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No 9.761.611, , mayor de edad, Abogada, e inscrita en el inpreabogado bajo el No 60.590 , apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil TROPICAL ZULIANA, COMPAÑÍA ANONIMA, le cancelan en este mismo acto al : EX TRABAJADOR: RUBEN SARCOS PERCHE , la cantidad de UN MIL TRECIENTOS SETENTA Y CINCO BOLIVARES CON DOCE CENTIMOS (BS 1.375,12) mediante cheque de gerencia No. 91964268, girado contra el Banco Caribe de fecha 04 de Febrero .....