declara:
a) CON LUGAR, el acto procesal que contiene la pretensión y el derecho material del actor, esto es, la demanda que por cobro de bolívares, se incoara en contra de la adolescente Maria Victoria del Carmen Pardo, representada legalmente por la ciudadana Vicky Pardo.-
b) Se ordena a la ciudadana VICKY PARDO, pagar la cantidad de TRES MILLONES CUATROCIENTOS DOS MIL SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 3.402.600, 00).-
c) No hay condenatoria en costas, de conformidad con lo establecido en el Articulo 26 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el Artículo 484 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Publíquese. Regístrese.