DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la ley, ACUERDA: DECLINAR de oficio de conformidad a los artículos 67 y 77 del Código Orgánico Procesal Penal, el conocimiento de la presente causa a los Tribunales de la Jurisdicción Ordinaria del Circuito Judicial penal del Estado Zulia, en aplicación al PRINCIPIO DE LA UNIDAD DEL PROCESO, del FUERO DE ATRACCION , y de los DELITOS CONEXOS, previstos y sancionados en los artículos 70, 73 y 75 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con la Supremacía de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia contenida en el articulo 10 Ejusdem.
Regístrese, publíquese y notifíques.....