Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONCEDE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, a la penada CONCEPCION DEL CARMEN PALMAR, portadora de la cédula de identidad No. 8.404.214, mayor de edad, soltera, natural de Paraguaipoa, comerciante, hija de Elvira González y de Alvino Fernández y domiciliada en la Calle 62, casa No. 60-74, Barrio Los Olivos, Maracaibo Estado Zulia; de conformidad con lo establecido en el artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese la presente Decisión; notifíquese a la Defensa y a la Fiscalía Vigésima Séptima del Ministerio Público; ofíciese al Director de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario a los fines darle cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 496 del Código Orgánico Procesal Penal al Departamento de Alguacilazgo, remitiéndose las .....