Por los fundamentos y las razones anteriormente expuestas y haciendo uso de las facultades conferidas en la ley en los artículos 478 y 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas De Seguridad Del Circuito Judicial Penal Del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley concede el BENEFICIO DE CONFINAMIENTO al penado JOSE ADRIAN LOPEZ, venezolano, natural de Maturín Estado Monagas, de 66 años de edad, portador de la cédula de identidad N° V-2.756.089, de profesión u oficio Chofer de Transporte Colectivo, hijo de Abrahan Blanco (d) y de Victoria López, residenciado en el Urbanización Eleazar López Contreras, Primera Etapa, Sector 1, calle 5, casa 29, Familia Faria de Ciudad Ojeda, de conformidad con el artículo 53 del Código Penal. Regístrese la presente Decisión; notifíquese, y se libra la respectiva Bole.....