Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala número Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Abogado ALEJANDRO MENDEZ, en su carácter de Fiscal Auxiliar del Fiscal Superior del Ministerio Público del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, contra la decisión N° 0095-99, de fecha 11 de Marzo de 1999, dictada por el Extinto Juzgado OCTAVO DE Primera Instancia en lo Penal, del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en la cual declara terminada la presente investigación sumaria, de conformidad con el artículo 206 del derogado Código de Enjuiciamiento Criminal, instruida a los ciudadanos FIDEL RESQUEJO SUBIZARRETA, NERIO DE JESUS URDANETA, JUAN CARLOS URDANETA, ALIRIO ANTONIO BECERRA, EDGAR ENRIQUE MANZANILLA, JAIME GONZALEZ QUESADA, ALEXIS ENRIQUE PEREA SANCHEZ, MANUEL SALVADO.....