En mérito a las razones antes expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de auto interpuesto por la profesional del derecho DAISY TRONCONE DE RATINO, Defensora Pública Décima Tercera Penal Ordinaria adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Estado Zulia, quien actúa con el carácter de Defensora de los ciudadanos MARÍA SANTA ACEVEDO y REINALDO GUSTAVO NARVÁEZ RIVERA, contra decisión N° 613-11, de fecha seis (6) de Julio del año 2011, emitida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia; de conformidad con lo previsto en los artículos 250 ordinales 1°, 2° y 3°, 251 y 252, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión N° 613-11, de fecha se.....