DECLARA:
a) CON LUGAR: la solicitud de conversión de Separación de Cuerpos, en Divorcio requerida por los ciudadanos JOSE LUIS AMAYA GALUE Y YAMILETH ISABEL VELLOJIN DIAZ, venezolano y extranjera respectivamente, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-13.004.954 y E-83.464.333 respectivamente.-
b) DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL: que contrajeron por ante el prefecto de la Jefatura Civil de la Parroquia Raúl Leoni del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, en fecha diecinueve (19) de Julio del Dos Mil Cinco (2.005), según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio No. 196, expedida por ante la mencionada autoridad. ASÍ SE DECIDE.-
No hay condenatoria de costas debido a la naturaleza del proceso.-
Publíquese. Regístrese.