declara:
A) Con Lugar la solicitud de Inserción de Nota Marginal de la niña (Se omiten los nombres de los niños, niñas y adolescentes por razones de confidencialidad), identificada con el N° 174, en el libro de Registro Civil de Nacimiento llevadas por la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, y por la oficina del Registro Principal del Estado Zulia.-
B) De conformidad con los artículos 17 y 22 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, acuerda Oficiar a la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, y el Registro Principal del Estado Zulia, a fin de que se sirva estampar en el original y duplicado, de la partida de nacimiento N° 174 perteneciente a la niña LUISANA PAOLA COLON LARA, sin hacer alteración de la partida, y al margen de esta ultima una nota marginal señalando que el progenitor de la niña, el ciudadano PEDRO COLON, es portador actualmente de la cedula de i.....