Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONCEDE el Beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, a los penados CRISANTO DE JESÚS GUANIPA LEÓN, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N°. 16.987.609, soltero, de fecha de nacimiento: 08-04-82, de 24 años de edad, hijo de Ángela León y de Ramón Guanipa, chofer, obrero, residenciado en el Barrio Silvestre Manzanilla, Calle 92 con Av. 90, Casa N°. 50-60, esta Ciudad de Maracaibo del Estado Zulia; Y DIEGO ENRIQUE LEÓN CHÁVEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N°. 22.074.092, soltero, de fecha de nacimiento: 13-11-84, de 21 años de edad, hijo de Yolanda Chávez y de Francisco León, chofer, albañil, residenciado en la vía a la Concepción, diagonal a la Urb. La Laguna, Bar.....