Por todo lo anteriormente expuesto: "Este Tribunal Sexto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, integrado con Escabinos, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara por UNANIMIDAD "CULPABLE" al ciudadano: YEFFERSSON JESUS MONTILLA MATOS, venezolano, natural de Maracaibo, de 19 años de edad, fecha de Nacimiento 24-12-85, portador de la Cédula de Identidad No. 18.427.416, de profesión u oficio Ayudante de Carpintería, estado civil Concubinato, hijo de ELSY COROMOTO CASTRO y ENDER ENRIQUE MONTILLA, residenciado en el Barrio Marìa Concepción Palacios, Avenida 1 casa No. 33-1-77, al fondo del Hotel Vista al Lago, circunvalación No. 01, de esta ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, por la perpetración del delito de ROBO GENERICO EN GRADO DE FRUSTRACION, delito este previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal reformado, en concordancia con el artículo 82 eiusdem, y lo conde.....