DECISIÓN
Con fundamento a las consideraciones de hecho, derecho, jurisprudenciales y doctrinarias ut supra referidas, este TRIBUNAL UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
● PRIMERO: CON LUGAR, la presente solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO en atención al criterio jurisprudencial de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 09 de diciembre de 2016, sentencia No. 1070, incoada por la ciudadana por la ciudadana ANGELICA MARIA SOTO PARRA, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. V.-18.286.287, domiciliada en ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, asistida por la Abogada en ejercicio MAYOLA GONZALEZ FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. V.-10.445.90.....