En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con la facultad que le confiere el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores diligencias TITULO SUFICIENTE para asegurar los derechos de propiedad que tienen los ciudadanos CARLOS MANUEL PEREZ FERRER e IMBERQUEYLIS TAMAIBA LOPEZ MEDINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números 13.660.031 y 13.660.282, domiciliados en el municipio Cabimas del estado Zulia, sobre las mejoras y bienhechurias realizadas sobre una parcela de terreno ejido, ubicado ubicado en la Avenida Intercomunal, Sector Los Olivos, Municipio Cabimas del estado Zulia, como a trecientos metros (300 mts) de la Estación de Servicios La CVP, consistente de edificado con estructura de concreto armado, paredes de bloque, techo con láminas de acerolic, por un lado los pisos son de concreto rustico y otra área el .....