Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, NIEGA la solicitud de Sobreseimiento efectuada por el Abogado MERVIN BAO BARRIENTOS, Fiscal Vigésimo Primero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de la investigación Nº 24-F21-0261-2003, seguida por la presunta comisión de uno de los delitos contemplados en la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores y en la cual es objeto de investigación el vehículo Marca: Mack; Modelo: K-688; Tipo: Chuto; Color: Azul; Placas: 303-XHC; Clase: Camión; Serial de Carrocería: 1M2N187C5CA003055, solicitado por el ciudadano JOSÉ RAMÓN MÁRQUEZ VERA, mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.712.170, domiciliado en San Juan de Lagunillas, calle El Calvario, casa N.....