Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, en el Cobro de Créditos Fiscales (Juicio Ejecutivo) interpuesto por la Republica en contra de la contribuyente Inpark Drillings Fluids, S.A., DECLARA:
1.- LA FALTA DE JURISDICCION en la presente causa, contentiva de Cobro de Créditos Fiscales (Juicio Ejecutivo) incoado por los abogados Gerardo Luzardo Caldera, Carlos Velásquez y Carlos Villalobos, titulares de las cédulas de identidades Nros. 7.785.848, 7.970.967 y 11.255.525, respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nro. 40.644, 46.555 y 148.373, respectivamente, actuando en sus condiciones de Apoderados Sustitutos del Procurador General de la República según documento poder que corre inserto en los folios Nros. 10 al 13 del expediente judicial, contra la contribuyente INPARK DRILLING FLUIDS, S.A., identificada con el R.....