Dispositivo
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
1. CON LUGAR, el Recurso de Hecho interpuesto por la abogada de la Sociedad Mercantil CENTRO CLÍNICO LOS ÁNGELES, C.A, representada por los miembros de la Junta Directiva, los ciudadanos RODOLFO ARTEAGA INCIARTE, ADNAN AL ABDALLAH y MANUEL AL ABDALLAH, contra el auto dictado por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, el 14 de agosto de 2.003, en el juicio de rendición de cuenta seguido por el ciudadano FRANCESCO DE CANDIDO BRATTI, en el expediente signado bajo el No. 29.416 de la nomenclatura del archivo de dicho Juzgado.
2. No se condena en costas procesales a la recurrente, dada la naturaleza del fallo.
Queda de e.....