Por todo lo antes expuesto, y con fundamento en los elementos de convicción presentado, éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Ordena la libertad inmediata de la ciudadana AYARI PICON PEREZ, de nacionalidad Venezolana, natural de Cuatro esquinas, Estado Zulia, nacida el 20-06-70, de 36 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.281.693, de estado civil soltero, profesión u Oficio Ama de Casa, hija JOSE TRINIDAD PICON (D) y de CARMEN PEREZ, y residenciada en el Puerto Santa Rosa, frente al Colegio, calle y casa sin número, más allá del Chivo, Municipio Francisco Javier Pulgar del Estado Zulia, por cuanto en el acta levantada con ocasión al procedimiento de aprehensión y de incautación de la sustancia no se cumplió con lo establecido en el artículo 115 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el .....