´DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental, con competencia en los estados Amazonas, Anzoátegui, Bolívar, Delta Amacuro, Monagas, Nueva Esparta, Sucre y Guayana Esequiba, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su Competencia para conocer del recurso de apelación interpuesto por el ciudadano GABRIEL CABRERA IBARRA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el número 86.979, actuando en su carácter de Síndico Procurador Municipal contra la decisión de fecha 09 de mayo de 2025, dictada por el Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, la cual declaró Con lugar el Recurso Contencioso Administrativo de nulidad interpuesto por el supra identificado contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO TURÍSTICO EL MORRO "LCDO. DIEGO BAUTISTA URBANEJA", del estado Anzoátegui.
SEGUNDO: Revoca .....