En atención a lo antes expuesto, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: INADMISIBLE el Recurso de Apelación planteado por el Apoderado Judicial de la parte demandada Abogado MEYCKERD JOSE ABAD ASCANIO, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 93.963.