Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR LA TACHA DE FALSEDAD DE DOCUMENTO interpuesta por la parte demandada en lo que respecta al abogado Edgar Mendoza. SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandante recurrente. TERCERO: Se confirma la decisión recurrida.