Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandante recurrente. SEGUNDO: SIN LUGAR el Recurso de apelación intentado por la parte demandada recurrente. TERCERO: SE CONFIRMA la decisión recurrida publicada en fecha veintitrés (23) de Abril de 2025, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, que declara parcialmente con lugar la demanda.