En consecuencia, se ordena la citación de la Procuradora General de la República, para que comparezca por ante este juzgado a dar contestación a la querella, dentro del plazo de quince (15) días de despacho siguientes, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 99 de la Ley de Estatuto de la Función Pública, más seis (06) días que se le conceden como término de la distancia vencido como se encuentre el lapso de quince (15) días hábiles a que se refiere el artículo 98 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, los cuales comenzaran a transcurrir a partir que conste en autos la citación debidamente practicada; asimismo, se acuerda remitirle a dicho funcionario, las copias certificadas correspondientes, ello, de conformidad con el artículo 81 ejusdem. Notifíquese al Ministro del Poder Popular para la Educación, a la Directora de la Zona Educativa del estado Monagas, a fin de notificarles sobre la admisión de la presente .....