-IV-
DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Nor Oriental, con competencia en los estados Amazonas, Anzoátegui, Bolívar, Delta Amacuro, Monagas, Nueva Esparta, Sucre y Guayana Esequiba, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el ciudadano Reimundo Mejías La Rosa, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 116.029, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano LUDWIN RAFAEL BARRIOS TRIAS, titular de la cédula de identidad N° V-21.612.139, contra la decisión de fecha 20 de noviembre de 2024, dictada por el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, que declaró INADMISIBLE POR CADUCO el Recurso Contencioso Administrativo FUNCIONARIAL, interpuesto contra el INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA DEL MUNICIPIO.....