Dispositiva.
Por los razonamientos que anteceden este Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil, declara: Improcedente por extemporáneo por tardío, tanto el Recurso de Hecho ejercido por el abogado Ramón Ramírez González, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Abdonis José Orence Azocar; como el Recurso de Hecho interpuesto por el abogado Gustavo Hernández Barrios, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil Policlínica Maturín, S.A.; en contra de la decisión de fecha 13 de abril del 2026, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en el expediente signado con el Nº: 27.431 d.....