En atención a lo antes expuesto, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación planteado por las Apoderadas Judicial de la parte accionada entidad de trabajo PDVSA GAS, Abogadas ANA CECILIA PICON y ROSA INES VALOR, inscritas en el Instituto de Previsión del Abogado bajo los números 215.303 y 83.842, respectivamente. SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia de fecha once (11) de noviembre de 2025, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de esta Coordinación Laboral. TERCERO: SIN LUGAR la acción de Amparo Constitucional ejercida. CUARTO: Se ordena notificar a las partes conforme a lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto la presente decisión se dicta fuera del lapso legal correspondiente, y al Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela.