En atención a lo antes expuesto, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación planteado por el ciudadano OMAR JOSE VILLASANA CHACON, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-14.402.395, debidamente asistido por el abogado JHON BRACAMONTE, inscrito en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el N° 147.371. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia de fecha veinticuatro (24) de Marzo del año 2026, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.