En vista de que la conciliación ha sido positiva, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Adjetiva y Sustantiva del Trabajo vigente, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora, ni normas de orden público, se HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada. De no cumplirse con el acuerdo aquí suscrito se procederá a la ejecución forzosa de la suma conciliada con su respectiva experticia. Así mismo se agrega transacción presentada por las partes