Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro actuando en Sede Constitucional, Impartiendo Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: QUE NO ACEPTA LA COMPETENCIA declinada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, para conocer de la demanda de Contenido Patrimonial (Cumplimiento de Contrato de una promesa Bilateral), interpuesta por ANTONIO JOSÉ MOITA PALACIOS Y EDITH MARCANO DE MOITA, titulares de la cedula de identidad Nros. V-5.390.469 y V-9.293.536, actuando en su carácter de Presidente y Directora de la Sociedad Mercantil "PALACIOS Y SERVICIOS C.A." (PALASERVI C.A), ANDEMULO RAMÓN MARCANO MALAVÉ Y ÁNGEL RENÉ MARCANO VALERIO, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 4.718.096 y V-19.782.612, actuand.....