En atención a lo antes expuesto, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana abogada ARNELSA THAYRIS RAVELO, actuando en su condición de apoderada judicial de la entidad de trabajo CNPC SERVICES VENEZUELA LTD, S.A SEGUNDO: SE CONFIRMA la Sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. TERCERO: Se ordena Notificar al Procurador General de la Republica Bolivariana de Venezuela.