DECISION
En fundamento a lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGASen nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil, IMPARTE su aprobación y homologación al DESISTIMIENTO del procedimiento, efectuado por el ciudadano LUIS ALEJANDRO BIANCHI GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-983.025,debidamente asistido por el ciudadano AMALIVAK BIANCHI VALVERDE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.340.430 abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 69.250, en su condición de apoderado judicial del demandante en el presente juicio porNULIDAD ABSOLUTA DE CONTARTO DE OPCION COMPRA VENTA, contrala sociedad mercantil INVERSIONES MARBI, C.A., (INMARBI)en la .....