declara:
a) COSA JUZGADA, en el presente procedimiento de OBLIGACION DE MANUTENCION, incoada por la ciudadana ANGELICA MARIA SOTO PORTILLO, en contra del ciudadano DAIWIS ROLANDO GARCIA ALVAREZ, en relación al niño y/o adolescente (se omiten los nombres de los niños, niñas y adolescentes por razones de confidencialidad).-
b) SUSPENDIDAS las Medidas Preventivas de Embargo, decretadas por este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en fecha 17 de enero de 2008 y ejecutadas por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 25 de enero de 2008.-
c) TERMINADA la presente causa; en consecuencia se ordena el archivo del expediente.-
No hay condenatoria de costas debido a la naturaleza del proceso.
Publíquese. Regístrese y Ofíciese.