DISPOSITIVA
En conclusión y por las razones antes expuestas este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas. En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad Decreta Medida de Coerción Personal en contra del Imputado LUIS FERNANDO DIAZ PINO, Venezolano, de 26 años de edad, Estado Civil: Soltero, hijo de: RUSELA DEL CARMEN PINO (V) y de FIDEL DEL VALLE DIAZ. (V), de profesión u oficio Comerciante, natural de Maturín Estado Monagas, nacido en fecha 01/04/1982, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 15.509.186, Teléfono: 0416-6882570, domiciliada en: barrio antiguo los cocos, campo alegre vía la pica, casa n° 14, cerca del albergue de mujeres, Maturín Estado Monagas, por existir suficientes elementos de convicción comprometen la responsabilidad del supramencionado imputado, es decir estar llenos los extremos del Artículo 250 del Código Orgánico Procesal, en concordancia con el.....