PRIMERO: Este Juzgado de Alzada, declara SU COMPETENCIA para conocer, sustanciar, tramitar y decidir el presente recurso de apelación. Así se Establece.-
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR (Recurso de Apelación) ejercido por el abogado ALIRIO UGARTE PELAYO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad: V- 12.959.145, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo la nomenclatura: 101.311 actuando en su condición de Apoderado Judicial de la "SOCIEDAD MERCANTIL AGROPECUARIA OURO BRANCO, C.A"; CONTRA de la decisión de Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva, dictada en fecha treinta (30) de Septiembre del año 2025, por el Tribunal de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Así se decide.-
TERCERO: En consecuencia del particular anterior, se ordena LEVANTAR, el decreto de medida de embargo preventivo, decretado por el Tribunal de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas en fecha.....