Se acuerda CON LUGAR la solicitud realizada por el Defensor Público Noveno Penal ABG, MARCOS MORALES, en consecuencia se DECRETA la LIBERTAD RESTRINGIDA del imputado ALVARO JOSE SANCHEZ MORENO, imponiéndole una MEDIDA CAUTELAR DE PRESENTACION CADA 15 DÍAS por ANTE EL ALGUACILAZGO DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL, así como la OBLIGACION DE COMPARECER A TODOS LOS LLAMADOS QUE LE HAGA EL TRIBUNAL, de conformidad con lo establecido en los ordinales 3 y 9 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, por aplicación expresa del artículo 250 ejusdem. Se acuerda el traslado del acusado para el día VIERNES 02 DE DICIEMBRE DE 2016, a las 8:30 de la mañana a los fines de imponerlo de la decisión dictada, y suscriba acta de compromiso.