En razón de lo expuesto este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE EL RECURSO DE CASACIÓN anunciado por la ciudadana ANIBAL MARCANO CASANOVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.027.571, abogado en ejercicio, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 22.094, abogado en ejercicio, Apoderada judicial la parte demandante, contra la sentencia dictada por este Juzgado Superior en fecha diez (10) de Marzo de 2025, de conformidad con lo establecido en el primer aparte del artículo 312 y el artículo 315 del Código de Procedimiento Civil