DISPOSITIVA
Por los razonamientos que anteceden este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con apego a los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil, declara PRIMERO: Inadmisible, la presente demanda por ser contraria a derecho y al orden público; SEGUNDO: En razón de la inadmisibilidad se declara: SIN LUGAR la apelación ejercida por la abogada JORMARBIS CAMPOS, en su condición de abogada asistente de la parte demandada contra la decisión de fecha 07 de noviembre del 2018; TERCERO: Se declara NULO el auto de Admisión de fecha 10 de mayo de 2013, del tribunal de la causa que admitió la presente acción y todas las actuaciones subsiguientes incluyendo la decisión emitida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado M.....