Por los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Transito, Bancario y De Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el artículo 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil Declara CON LUGAR el Recurso de hecho interpuesto por el abogado RAFAEL DOMINGUEZ, identificado up supra contra el auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha Veinte de Abril del año dos mil Seis (20-04-2006). En consecuencia se REVOCA el auto de fecha 20 de Abril de 2006, donde el Tribunal declaró extemporánea la apelación ejercida en fecha 17 de Abril de 2006, en tal sentido se ordena al tribunal de la causa reponga la causa al estado que el tribunal oiga la apelación ejercida en fecha 17 de Abril de 2006.
Regístrese, Publíquese y Cúmplase.
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