En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por los Ciudadanos CARLOS ALCALA y YEGLIMAR JIMENEZ, en contra de la empresa INVERSIONES EL DORADO SIGLO XXII, C.A.. SEGUNDO: se condena a la empresa a pagar a los demandantes la cantidad total de CUATRENTA Y SEIS MIL CIENTO VEINTINUEVE BOLIVARES CON SEIS CENTIMOS (46.129.06 Bs.) de la siguiente manera al ciudadano CARLOS ALCALA la cantidad de VEINTITRES MIL SESENTA Y CUATRO BOLIVARES CON SEIS CENTIMOS (23.064.06 Bs.) y a la ciudadana YEGLIMAR JIMENEZ LA CANTIDAD DE VEINTITRES MIL SESENTA Y CUATRO BOLIVARES CON SEIS CENTIMOS (23.064.06 Bs.)por concepto de Prestaciones Sociales y demás indemnizaciones laborales por la terminación de la relación de trabajo indicados en la parte M.....