A) En cuanto a la patria potestad será compartida por ambos progenitores. B) En relación a la responsabilidad de crianza, la misma será ejercida por ambos progenitores, mientras que la custodia, será detentada por la madre, ciudadana BERTILA ROSA ANDRADE DE JURADO, ya identificada. C) En relación al régimen de convivencia familiar; el padre, ciudadano HENRY RAFAEL JURADO, gozará de un régimen amplio, podrá visitar a su menor hija cuantas veces lo desee, siempre y cuando no interrumpa sus labores escolares, asimismo los progenitores han acordado que la menor pasará una navidad con su progenitor y otra con su progenitora. En relación a los días feriados serán alternados. En este mismo sentido, los progenitores acuerdan que en época de vacaciones la menor podrá pasarlo con su progenitor así como también podrá pasar un fin de semana con el mismo. D) En relación a la obligación de manutención, el progenitor se compromete a suministrarle a su menor hija la cantidad de CUATROCIENTOS BOLÍVARES.....