Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la demanda por Cobro de Bolívares, interpuesto por la Abogado LILYMAR DEL VALLE ROMERO FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número V 17.113.318, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 125.817, y domiciliada en Caripito, Municipio Bolívar del Estado Monagas, contra la ciudadana MITSI TRINIDAD MILLAN DE VALDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero 13.581.664, domiciliada en Caripito, Municipio Bolívar del Estado Monagas. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte perdidosa por haber sido totalmente vencida en el proceso de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil