En consecuencia, contra el auto de admisión este Tribunal no concede recurso de apelación,
ello en acatamiento a lo dispuesto por la Sala en el sentido que la apelación contra el auto que admite la demanda no debe ser oída por el tribunal de la causa, además contra esta decisión como consecuencia lógica no hay recurso alguno. Por estas razones, este Juzgado Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas debe obligatoriamente declarar inadmisible la apelación del auto de admisión de la demanda de Resolución de contrato de venta interpuesta por la abogada RAQUEL ALLEN en su condición de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil Editorial Orinoco C:A Así se decide.