DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSIÓN CABIMAS, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR CONSTITUIR ESTE TRIBUNAL EN FORMA UNIPERSONAL; en la causa seguida al acusado DANIEL ENRIQUE MATA ALCANTARA, Venezolano, natural de Cabimas, 41 años de edad, soltero, de profesión u oficio Electricista, titular de la Cédula de Identidad N° 7.872.172, hijo de los ciudadanos Gilberto Mata Y Lilia Alcantara, domiciliado en Sector la Montañita, Calle Libertad, Casa N° 143, detrás de la cancha del club las Montañita, Cabimas, Estado Zulia, teléfono 0414-6620458, por la presunta comisión de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal, cometido en perjuicio de la Empresa PDVSA, de conformidad con lo establecido en el artículo 164 del Código Orgánic.....