Este Tribunal visto que la mediación ha sido positiva, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera Derechos Irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, se HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de COSA JUZGADA, y ordenará el archivo del expediente, una vez que conste en autos el retiro del cheque consignado, por parte del trabajador. Cúmplase.-
Siendo las 2:50 PM. Se dio por terminada la presente Audiencia.-
EL JUEZ TEMPORAL, LAS PARTES COMPARECIENTES
Abog. RAMON VELASQUEZ
LA SECRETARIA
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