Mediante Auto Fundado este Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE la sustitución por vía de revisión de la Medida de Privación Judicial Preventiva de la Libertad, que obra en contra del Acusado JOSE LUIS PADILLA POLO, titular de la cédula de identidad Nº E-73.231.087, solicitada por su defensor.-