DECISIÓN
Por lo que, este Juzgado TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY declara: LA INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA intentada por el ciudadano; WILMAN EMILIO ROJAS GARCIA, apoderado judicial de la ciudadana EUNICE COROMOTO SEGOVIA DIAZ, cónyuge del fallecido trabajador JOSE HUMBERTO DIAZ, contra la entidad de Trabajo PETREVEN SERVICIOS Y PERFORACIONES PETROLERAS, C.A .
Las partes podrán ejercer el recurso legal pertinente en su oportunidad procesal.
Publíquese y Regístrese. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Maturín, Cinco (05) días del mes de Octubre de 2022.- Años 212° de la Independencia y 163° de la Federación.-