DISPOSITIVO
Por todo lo anteriormente expuesto y con fundamento a lo dispuesto en el artículo 144, 152 y 155 del Código de Procedimiento Civil, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, declara: VALIDO el Poder Apud Acta otorgado en el presente juicio de NULIDAD DE ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA por el ciudadano ORLANDO RAFAEL GONZALEZ MAITA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.519.972, de este domicilio, con el carácter de presidente y representante legal de la ASOCIACION CIVIL COMITÉ DE TRANSPORTE SOCIALISTA BICENTENARIO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS AVANCES Y COLECTORES LOS HIJOS DE DIOS, parte actora; al abogado en ejercicio ARGENIS VILLANUEVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.759, de este domicilio. Y ASÍ SE DECLARA.- Notifíquese a las partes.-
El Juez,
Abg. Gilberto José Cedeño Rivero.
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