Por todo lo antes expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE DECIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Decreta de conformidad con lo establecido en el artículo 256, ordinales 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal, MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, al ciudadano: RAFAEL SIMÓN FERNÁNDEZ ÁVILA, de Nacionalidad Venezolana, Natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 36 años de edad, de estado civil casado, de Profesión u Oficio comerciante, cédula de identidad V-10.405.567, fecha de Nacimiento 11-05-69, hijo de Carmen Luisa Ávila de Fernández y Simón Fernández, residenciado en Sector Amparo, Urb. Cumbres de Maracaibo, Calle 91, N° 59-78, Quinta Kari, Telefono 0414- 5081973, 7558706, Municipio Maracaibo Estado Zulia; la cual consiste en presentarse por ante este tribunal cada Quince (15), no ause.....