Hoy, seis de octubre de dos mil once, siendo las diez y treinta y cinco minutos de la mañana, día fijado por este Juzgado Ejecutor para llevar a la practica la comisión originada con motivo del juicio de DESALOJO, incoado por la ciudadana: MARIA GONZALEZ DE CORDOVA, contra la ciudadana: ALBA NELLY RAMIREZ, en la que se decretó la práctica de la medida de EJECUCION FORZOSA. A continuación, el Tribunal estando en compañía del apoderado judicial de la parte actora ciudadano: CARLOS ROJAS, Inpreabogado número 2909, y de una comisión policial comandada por JORGE CAMPOS, cedula 15.903.409, oficial de campo, credencial 1566. Inmediatamente, este Juzgado Ejecutor hace saber a todos los presentes que por cuanto el derecho a la defensa es un Derecho Constitucional concede un plazo de espera de treinta (30) minutos a los fines de que se presente la demandada, abogado de su confianza y/o terceros con interés, de conformidad con lo establecido en el artículo 49, numeral 1º de la Cons.....