Se acuerda el internamiento del acusado JOSE MIGUEL GUZMAN LOPEZ en el Hospital Dr. Manuel Núñez Tovar de esta Ciudad, a los fines de que se le suministre el tratamiento adecuado hasta su restablecimiento de acuerdo al cuadro clínico que presenta, (TUBERCULOSIS), según el informe medico y la sugerencia realizada por el Medico Forense adscrito al servicio Nacional de Medica y Ciencias Forense Maturín Estado Monagas. Ello a los fines garantizar los principios fundamentales y en resguardo de las Garantías de Preeminencia Constitucional, como lo son el derecho a la Salud y a la Vida íntimamente ligados consagrados en los artículos 43 y 83 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.